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¿Qué puedo hacer si estoy sufriendo acoso laboral o mobbing?
Si estas siendo víctima de un acoso laboral o mobbing, es muy importante que conozcas los derechos que te asisten. Contacta con nosotros y te ofreceremos un trato personalizado u adecuado a tus circunstancias. Somos especialistas
Te recordamos que el acoso es una situación denunciable, y en la cual se hace indispensable la presencia de un abogado que te acompañe . Si lo deseas te asesoramos, te acompañamos y defendemos tus derechos como trabajadora o trabajador.
El acoso laboral o mobbing podemos definir como aquel conjunto de conductas que se producen dentro de un entorno laboral que producen un hostigamiento a un trabajador minando su estado emocional.
Los aspectos característicos del acoso laboral son frecuencia, intensidad y permanencia en el tiempo.
Si crees que tu situación es la propia de un acoso o mobbing, debes tener en cuenta que para una futura reclamación deberás recoger pruebas que lo prueben, como correos electrónicos, grabaciones, testigos, mensajes, etc.
Todas las empresas tienen la obligación de velar por la salud de sus trabajadores, incluidos los psicológicos, por lo que deben tener unos protocolos de actuación para casos de acoso laboral.
Si estás sufriendo mobbing debería informarse a la empresa de la situación para que inicie el protocolo de actuación para este tipo de casos.
Si la empresa no ofrece una respuesta adecuada para poner fin la mobbing, sería el momento de plantear las oportunas acciones legales.
En el caso de que hayas sufrido un despido derivado del acoso laboral, debes saber que la empresa no puede despedirte sin darte la indemnización correspondiente, y más habiendo cumplido tus mínimos laborales.
Desde el punto de vista jurídico, el acoso laboral permite reclamar por distintas vías, algunas de las cuales son compatibles:
- Si la relación laboral aún pervive y el acoso laboral es presente, puede solicitarse la extinción de la relación laboral con derecho a una indemnización equivalente a la prevista para el despido improcedente.
- Si el trabajador acosado ha sido despedido, puede impugnarse judicialmente el despido reclamando que se declare el despido nulo, o subsidiariamente, improcedente.
- De forma acumulada o no con cualquiera de las anteriores vías, se puede reclamar una indemnización por daños morales o por daños y perjuicios derivada de la vulneración de derechos fundamentales del trabajador.
- De forma perfectamente compatible con las otras vías, se puede presentar una denuncia en la Inspección de Trabajo.